Estamos a escasos días de que comience el Jubileo Ordinario del año 2025, convocado por su Santidad el Papa Francisco a través de la bula “Spes non confundit”, y que se celebrará para la Iglesia Universal desde el 24 de diciembre de 2024 hasta 6 de enero de 2026, y con carácter diocesano desde el 29 de diciembre de 2024 hasta el 28 de diciembre de 2025.
Por este motivo, y como ya se ha anunciado en diferentes ocasiones, la Cofradía ha organizado una peregrinación a Roma para el próximo mes de mayo. Además, entre los días 16 al 18 de mayo, tendrá lugar allí mismo el “Jubileo de las Cofradías”, que incluye una extraordinaria procesión en la que se portaran las imágenes del “Santísimo Cristo de la Expiración” de Sevilla (conocido popularmente como “El Cachorro”), y la malagueña de “María Santísima de la Esperanza”, de la conocida Archicofradía del Paso y la Esperanza.
Asimismo, desde la archidiócesis de Zaragoza se están preparando un extenso programa de actos que incluirá celebraciones cultuales, conferencias, ejercicios de piedad y otras actividades entre las que, contando con la colaboración de la Junta Coordinadora de Cofradías de la Semana Santa de Zaragoza, se incluirán también la celebración de un multitudinario acto en el que participaremos todas las cofradías, hermandades y congregaciones de Zaragoza.
La Penitenciaria Apostólica ha determinado las circunstancias y condiciones requeridas para ganar la Indulgencia Plenaria, especificando que todos los fieles podrán obtenerla para la pena temporal por los propios pecados, impartida por la misericordia de Dios, aplicable en sufragio de las almas de los fieles difuntos, durante todo el Año Santo Jubilar, bajo las condiciones:
- Estar verdaderamente arrepentido con exclusión de todo afecto al pecado.
- Confesión sacramental, que, de manera ordinaria, debe ser en su forma individual e íntegra. El fiel, una vez cumplidos los requisitos exigidos, puede recibir o aplicar, durante un prudente periodo de tiempo, el don de la Indulgencia Plenaria, incluso cotidianamente, sin tener que repetir la confesión.
- Participación en la Eucaristía, con comunión sacramental, y oración por las intenciones del Romano Pontífice
Entre las diversas formas y momentos para obtener el don de la Indulgencia Plenaria, se establece la peregrinación a cualquier lugar sagrado jubilar “participando devotamente en la Santa Misa; en una Misa ritual para conferir los sacramentos de iniciación cristiana o la Unción de los enfermos; en la celebración de la Palabra de Dios; en la Liturgia de las Horas (oficio de lecturas, laudes, vísperas); en el Via Crucis; en el Rosario mariano; en el himno del Akathistos; en una celebración penitencial, que concluya con las confesión individual de los penitentes, como está establecido en el rito de la Penitencia”.
En nuestra archidiócesis, y tras el Decreto firmado por el arzobispo Carlos Escribano Subías con fecha 4 de noviembre de 2024, se podrá obtener dicha indulgencia en los siguientes lugares:
- En la ciudad de Zaragoza: la Catedral Basílica del Pilar, la Parroquia Basílica de Santa Engracia y la capilla del Hospital de San Juan de Dios.
- En la Vicaria V: el Templo del Milagro de Nuestra Señora del Pilar, en Calanda.
- En la Vicaría VI: la Basílica de Santa Ma1ia de los Corporales, en Daroca.

